Patrick Gillespie (1617-1675)
La naturaleza general de este pacto es como todos los demás1. Sean las que fueren las diferencias que hacen exclusivo a un pacto, lo siguiente es esencial y común a todos ellos: Son acuerdos. Y es una transacción y acuerdo entre [el Padre] y Cristo el Mediador sobre la obra de nuestra redención. Notaremos la característica exclusiva de su naturaleza, al investigar un poco los diversos actos eternos de la voluntad de Dios que sucedieron al mismo tiempo para formar este acuerdo.
Suponiendo que el propósito de Dios fue exigir una satisfacción de su justicia para salvar al hombre, estos actos eternos de la voluntad de Dios ocurrieron juntos en el tiempo y se unieron en este acuerdo:
(1) La designación de una persona para realizar esta obra. Tenía que haber una persona apartada y nombrada desde la eternidad para realizar esta obra de redención y esta persona fue el Hijo únicamente, no el Padre ni el Espíritu: “Ya destinado desde antes de la fundación del mundo, pero manifestado en los postreros tiempos por amor de vosotros” (1 Pedro. 1:20).
(2) La preparación y adecuación de la persona apartada para tomar nuestro lugar, según la Ley, para que la justicia lo hiriera y castigara en nuestro lugar. [Esto] fue decretado también por un acto eterno de la voluntad de Dios: El Hijo de Dios sería Emanuel: “Dios con nosotros” o “Dios... manifestado en la carne” (Is. 7:14; Mt. 1:23; 1 Ti. 3:16). Estas, sus propias palabras, se refieren a esta encarnación del Hijo de Dios. [Y] para realizar esta gran misión fue predestinado, a fin de estar capacitado para hacer esta obra. “Me preparaste cuerpo” (Hebreos 10:5).
(3) El llamado a la persona designada. Un llamado es un acto diferente al de una designación; es algo más. Cristo fue llamado a esta obra por un acto eterno de la voluntad de Dios y mucho antes de que viniera al mundo. “Entonces hablaste en visión a tu santo, y dijiste: He puesto el socorro sobre uno que es poderoso; he exaltado a un escogido de mi pueblo” (Sal. 89:19). Y “Yo Jehová te he llamado en justicia, y te sostendré por la mano; te guardaré y te pondré por pacto al pueblo, por luz de las naciones” (Is. 42:6). “Así tampoco Cristo se glorificó a sí mismo haciéndose sumo sacerdote, sino al que le dijo: Tú eres mi Hijo, yo te he engendrado hoy” (Hebreos 5:5).
(1) La investidura de la persona designada con oficios, poderes y autoridad para hacer esta obra… Por un acto eterno de la voluntad de Dios, fue escogido e investido de estos oficios y poderes desde la eternidad y tuvo la gloria del Mediador designado llamado e investido. Como sugiere claramente: “Eternamente tuve el principado” dice la Sabiduría (Pr. 8:23). Varios expositores lo expresan: “Fui llamado o fui ungido”. “Ahora pues, Padre, glorifícame tú al lado tuyo, con aquella gloria que tuve contigo antes que el mundo fuese” (Jn. 17:5).
(2) La misión del Hijo. Cristo fue enviado para realizar esta obra por un acto eterno en el concilio de Dios. Tuvo una misión solemne, eterna y autoritativa, un mandato de ir y se le ordenó ir. Recibió la voluntad de Dios para esta obra por un acto o comisión eterna, mucho antes que, de hecho, se anunciara bajo la Ley, a lo que se refiere cuando dice: “Entonces dije: He aquí que vengo, oh Dios, para hacer tu voluntad, como en el rollo del libro está escrito de mí” (Hebreos. 10:7), aquella voluntad de Dios que estaba registrada en el libro de sus decretos eternos: “Y esta es la voluntad del Padre, el que me envió” (Jn. 6:39). Y “este mandamiento recibí de mi Padre” (Jn. 10:18). Pero en todos estos, no se trata tanto de recalcar la diferencia entre los actos, como de tomar nota de la distinción y diferencia usada por el Espíritu Santo al hablar de este misterio en las Escrituras. [Cristo], siendo la otra parte, aceptó este acuerdo dando su consentimiento y aprobación personal y eterna a todos estos actos de la voluntad de Dios. Porque Cristo, siendo Dios igual al Padre, no empieza a aprobar ni acordar nada en el tiempo, ni puede el Hijo eterno de Dios acordar nada en el tiempo, que no acordó y aceptó desde la eternidad. Más bien, Cristo estaba presente con el Padre y consintió y acordó desde la eternidad cumplir estos actos eternos:
1. Consintió en ser la persona que satisfaría la justicia de Dios. Aceptó indubitablemente y se ofreció a sí mismo; dijo: “He aquí que vengo, oh Dios, para hacer tu voluntad” (Hebreos 10:5, 7). Derramó su vida hasta la muerte (Is. 53:12).
2. Consintió en humillarse para [cumplir] esta obra de él requerida. Tú “lo hiciste un poco menor que los ángeles” (He. 2:7), para dejar su trono de gloria y bajar al estrado debajo de sus pies, para allí ser humillado. ¡El Señor de la Ley fue puesto bajo la Ley (Gá. 4:4)! El Santísimo que no conocía pecado fue enviado “en semejanza de carne de pecado” (Ro. 8:3). “El cual, siendo en forma de Dios, no estimó el ser igual a Dios como cosa a que aferrarse, sino que se despojó a sí mismo, tomando forma de siervo, hecho semejante a los hombres; y estando en la condición de hombre, se humilló a sí mismo, haciéndose obediente hasta la muerte, y muerte de cruz” (Fil. 2:6-8).
3. Consintió y estuvo de acuerdo con el acto eterno de su llamado a esta obra. Fue la voluntad del Padre que se ocupara de este asunto, y fue la suya también. Fue un siervo dispuesto… “Jehová el Señor me abrió el oído, y yo no fui rebelde, ni me torné atrás” (Is. 50:5).
4. Consintió en asumir estos oficios y obligaciones que la obra de redención requería. No hubo nada forzado ni hubo limitaciones, ninguna necesidad de su naturaleza que requiriera árbitros entre dos partes en desacuerdo, ni de que se expusiera al fuego que habíamos encendido, de que fuera él un sacrificio por nuestros pecados, ni que en la dispensación recibiera un reino2, sino que sincera y libremente consintió hacer todas estas cosas. “Nadie me la quita, sino que yo de mí mismo la pongo” (Jn. 10:18). “Como le has dado potestad sobre toda carne, para que dé vida eterna a todos los que le diste” (Jn. 17:2). “Eternamente tuve el principado, desde el principio, antes de la tierra” (Pr. 8:23).
5. Consintió que su Padre lo enviara [en esta] misión y estaba muy dispuesto a cumplirla. Sí, tan entusiasta fue su consentimiento que se deleitó en él: “El hacer tu voluntad, Dios mío, me ha agradado, y tu ley está en medio de mi corazón” (Sal. 40:8). “Jesús les dijo: Mi comida es que haga la voluntad del que me envió, y que acabe su obra” (Jn. 4:34). Y a todas estas cosas dio su consentimiento personal desde la eternidad y con todo gusto se deleitó en los futuros logros de estos actos eternos de la voluntad de Dios relacionados con los hombres: “Eternamente tuve el principado, desde el principio, antes de la tierra… Con él estaba yo ordenándolo todo, y era su delicia de día en día, teniendo solaz delante de él en todo tiempo. Me regocijo en la parte habitable de su tierra; y mis delicias son con los hijos de los hombres” (Pr. 8:23, 30-31).
Tomado de The Ark of the Covenant Opened (El arca del pacto abierta).
Patrick Gillespie (1617-1675): Pastor escocés, pactante y director de la Universi- dad de Glasgow, murió en Leith, Escocia, Reino Unido.
El Señor Jesús no debe ser considerado como el amigo de un día, ni nuestro Salvador sólo durante su vida sobre la tierra, sino como el Cordero inmolado desde antes de la fundación del mundo, el Mediador ungido desde los días de la eternidad. Por fe, lo veo como el Hijo eterno de Dios; lo veo firme en el propósito del Padre como cabeza de pacto de los escogidos. Lo veo nacer de una mujer llegado el cumplimiento del tiempo, pero no olvido que su vigencia es desde la eternidad y que, antes de que a la estrella de la mañana se le asignara su lugar, se complacía de los hijos de los hombres. Lo veo clamando: “Consumado es”. Lo veo dejando caer su cabeza. Sin embargo, no olvido que no está muerto, sino que cuando el mundo fenezca y el tiempo concluya su reinado, entonces, el Anciano de días vivirá y florecerá en una juventud inmortal. Jesucristo es el Alfa y la Omega, según los propósitos eternos y las transacciones del pacto de Dios. —Charles H. Spurgeon
El pacto entre el Padre y el Hijo es el fundamento de la totalidad de nuestra salvación. —Herman Witsius
Pies de página:
1 Gillespie escribió dos voluminosos tomos sobre los pactos de Dios: The Ark of the Testament Opened (El arca del testamento abierta) y The Ark of the Covenant Opened (El arca del pacto abierta). En el primero, páginas 49 al 51, explica: “Seis cosas son esenciales en todos los pactos”. Estas son: 1. Un pacto debe incluir a, por lo menos, dos partes [participantes]. 2. La propia naturaleza y esencia de un pacto es que se trata de un acuerdo entre dos o más par- tes. 3. Debe tener condiciones mutuas, es decir, cosas que cada parte promete realizar. 4. Un pacto tiene que fijar obligaciones mutuas de las partes. 5. Debe tener como su inten- ción, el bien mutuo de las partes comprometidas. 6. Un pacto legal, divino o humano, es obligatorio e inviolable [sagrado y no debe ser quebrantado].
2 “en la dispensación recibiera un reino” — Éste no es el reino natural sobre el cual gobierna como Dios el Hijo; es más bien el reino que su Padre dio a Cristo como una recompensa por su obediencia gozosa y completa como Mediador entre Dios y sus escogidos. “Luego el fin, cuando entregue el reino al Dios y Padre, cuando haya suprimido todo dominio, toda autoridad y potencia” (1 Co. 15:24).
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